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La Agencia Tributaria adapta los modelos 322 y 390 a la nueva estructura de tipos de IVA y recargos

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La Agencia Tributaria ha anunciado modificaciones técnicas en los modelos de autoliquidación y declaración-resumen del IVA 322 y 390, adecuándolos a los nuevos tipos impositivos estipulados en el Real Decreto-ley 4/2024. Esta normativa, promulgada el pasado 26 de junio, amplía la aplicación de tipos reducidos en ciertos productos alimenticios, en respuesta a las repercusiones económicas y sociales derivadas de los conflictos internacionales en Ucrania y Oriente Próximo. El decreto no solo extiende las ayudas fiscales, sino que también ajusta los modelos de declaración del IVA para mitigar posibles efectos adversos, adaptándolos a la estructura actual de los tipos de IVA y recargos de equivalencia. La entrada en vigor de estos cambios está prevista para el 1 de noviembre de 2024.

Modificaciones en el modelo 322

El modelo 322, utilizado en el régimen especial de grupos de entidades, ha sido modificado para integrar los nuevos tipos de IVA y recargos de equivalencia que, a partir de ahora, ascienden a seis en cada caso. La estructura anterior, que contemplaba cinco tipos de IVA y cuatro recargos, ha quedado obsoleta, generando la necesidad de rediseñar el modelo para que los contribuyentes puedan reflejar con precisión todos los tipos impositivos vigentes. Con estas modificaciones, se han añadido casillas adicionales en el modelo 322, garantizando que las declaraciones de las entidades en régimen especial incluyan todos los nuevos recargos e impuestos en cada autoliquidación mensual.

Actualización del modelo 390

En el mismo sentido, el modelo 390, que sirve como declaración-resumen anual del IVA, ha sido revisado para incluir todos los tipos impositivos de 2024. Este modelo, hasta ahora, permitía solo la declaración de cinco tipos de IVA y seis recargos de equivalencia, dejando fuera las nuevas categorías impositivas añadidas este año. Con la actualización, el modelo 390 podrá acoger la totalidad de tipos impositivos vigentes, lo que permitirá a la Agencia Tributaria obtener datos más completos y realizar un control fiscal más exhaustivo de las obligaciones anuales de los contribuyentes.

Fecha de aplicación y primeras autoliquidaciones

Estas modificaciones serán aplicables a partir del próximo 1 de noviembre de 2024. En el caso del modelo 322, la actualización se reflejará en la autoliquidación correspondiente a octubre de 2024, mientras que el modelo 390 aplicará estos cambios en la declaración-resumen anual de 2024. Estas adaptaciones permiten que ambos modelos de declaración se alineen con la nueva estructura de tipos impositivos, reforzando la precisión y exhaustividad del sistema fiscal español en el ámbito del IVA y los recargos de equivalencia.

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